Informes motivados

Consultora informes motivados madrid

Informes motivados

Los Informes Motivados Vinculantes (IMV) contienen la calificación de las actividades de I+D+i de un proyecto o una anualidad del mismo y sus presupuesto o gasto asociado. Los informes motivados pueden ser de naturaleza ex –ante (a priori), es decir, se emite un IMV para todo el proyecto, antes de su comienzo, o bien a posteriori, es decir, se emite un IMV (informe motivado vinculante) por cada anualidad de proyecto ejecutada. Dependiendo del tipo de IMV, así será el plazo correspondiente para presentar la solicitud.

Salvo en casos muy concretos (art. 39 Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, o RD 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones, en determinados supuestos), la solicitud de estos informes es voluntaria. Ahora bien, una vez solicitado y obtenido, su contenido es vinculante.

Los IMV no son obligatorios para calcular las deducciones fiscales de la I+D+i generadas, y de hecho, las empresas pueden calcular y aplicarse deducciones aun teniendo pendiente la obtención de informe motivado.

Estos informes se basan en el artículo 35 de la Ley del Impuesto de Sociedades, y en el Real Decreto 1432/2003, por el que se regula la emisión den estos informes motivados.